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El TAR de Lazio anula la denegación de visado de residencia electiva.

Apelación contra la denegación de visado para residencia electiva emitida por los consulados italianos.

El TAR de Lazio anula la denegación de visado de residencia electiva.

 

 

 

 

 

 

 

 

Con la sentencia n. 3739 de 17 de marzo de 2016, el Tribunal Administrativo Regional de Lazio (el tribunal italiano competente para el recurso contra la denegación de visado) aceptó el recurso interpuesto por una ciudadana de Estados Unidos contra la denegación de visado para residencia electiva, emitida por el Consulado General de Italia en Nueva York.

La ciudadana de Estados Unidos pidió al consulado italiano un visado de residencia electiva, con el fin de moverse de forma permanente a Italia. El visado de residencia electiva y el correspondiente permiso de residencia, permiten a los extranjeros que no tienen necesidad de trabajar, de fijar su residencia en Italia, siempre que puedan demostrar la disponibilidad de una vivienda da elegir como residencia en Italia y la posesión de amplios recursos financieros.

En el caso decidido por el tribunal italiano, la ciudadana estadounidense había mostrado tanto la compra de una propiedad, tanto los medios económicos. Sin embargo, el Consulado General de Italia en Nueva York le negó el visado, con el argumento de que los medios económicos de la solicitante no son generados por una pensión.

Por lo tanto, la ciudadana de Estados Unidos, con la asistencia del abogado italiano Luca Santaniello, interpuso un recurso contra la negativa, reclamando la interpretación de la legislación vigente por el consulado italiano. De hecho, el decreto interministerial n. 850 de 2011 (que regula el visado de residencia electiva), no requiere que los medios econimicos del extranjero deben venir necesariamente de pensiones y rentas, sino simplemente establece que los ingresos deben exceder una cierta cantidad (mas o meno 31.000 euros), deben ser autonomos , estables, regulares y continuos en el tiempo.

Sobre este punto, el Tribunal Administrativo Regional de Lazio consideró la apelación fundada, puesto que el consulado no tuvo en cuenta, a fin de determinar la capacidad del solicitante de residir permanentemente en Italia sin ejercer ningún trabajo, la situación económica general del solicitante.

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Para saber más sobre el tema, ver también:

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